NORMAS DE CONVIVENCIA



                 "ASOCIACION COLUMBUS" - “INSTITUTO SAGRADO CORAZÓN”
                Av. Mitre 1222 Nº (5730) Villa Mercedes (S. L.) Tel. 02657- 421183.-

              CONTRATO EDUCATIVO AÑO 2013       -NORMAS DE CONVIVENCIA-

ARTÍCULO 1º): FIN DE NUESTRA TAREA EDUCATIVA:
El INSTITUTO SAGRADO CORAZÓN de las HERMANAS MISIONERAS DEL SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS, de la Ciudad de Villa Mercedes, Prov. de San Luis, se propone:
  • a) Humanizar y personalizar al alumno en la cultura Cristiana;
  • b) Formar integralmente al alumno con el sello del amor misericordioso del Corazón de Cristo;
  • c) Constituir una comunidad educativa centrada en el Corazón de Cristo, que comparte el mismo proyecto educativo y promueve la formación integral por medio de la relación interpersonal; procurando la síntesis fe- cultura y fe- vida mediante la asimilación sistemática y crítica de la realidad y una auténtica evangelización.-

ARTÍCULO 2º): DERECHOS DE LOS ALUMNOS:
  1. Los alumnos del Instituto tienen derecho a exponer de manera adecuada y respetuosa sus opiniones, plantear sus inquietudes, proponer proyectos, etc., ante las autoridades y en los tiempos oportunos;
  2. A que sus inquietudes tengan respuesta y que se les respete en su individualidad; siempre que las inquietudes lo sean dentro del marco académico y que el educando guarde el debido respeto a las respuestas suministradas por la Institución.
  3. A un trato respetuoso y deferente como personas, miembros de la comunidad educativa del Instituto;
  4. A que las clases les sean impartidas en forma oportuna, eficiente y de acuerdo con las normas establecidas.-

ARTÍCULO 3º) DEBERES DE LOS ALUMNOS:
  1. Respetar los principios de la Institución;
  2. Reconocerse en proceso de crecimiento, y por tanto aceptar consejos y orientaciones que les ayuden a desarrollar armoniosamente sus aptitudes físicas, morales, intelectuales y religiosas;
  3. Cumplir íntegramente las tareas estudiantiles, en un marco de solidaridad, honestidad y responsabilidad;
  4. Guardar el debido respeto hacia todos los miembros de la comunidad educativa; y observar buena conducta dentro y fuera del Colegio;
  5. Cumplir las normas y disposiciones emanadas de la Representante Legal y de la Dirección del Colegio;
  6. Presentar hasta el vencimiento del plazo fijado, el documento de evaluación, parte de amonestaciones, autorizaciones para retiros anticipados y toda otra documentación que emitan las autoridades del Instituto para notificar a sus padres;
  7. Prestar colaboración cuando el curso quede a cargo de los Preceptores, por ausencia de un docente u otro motivo;
  8. Utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del Colegio, así como sus pertenencias;
  9. Asistir puntualmente a clase y otras actividades programadas por el Colegio (dentro y fuera sea en las instalaciones de Av. Mitre y/o del Playón Deportivo sito en calle de Lisandro De La Torre Nº 266), conduciéndose con aplicación y buena educación;
  10. No organizar actividades que involucren directa o indirectamente al Colegio, sin expresa autorización de sus directivos;
  11. Participar activamente en su formación espiritual y actividades pastorales que se realicen en el transcurso de la tarea educativa;
  12. Mostrar el debido respeto a los símbolos patrios y religiosos;
  13. En caso de necesitar el alumno usar telefonía en horario de clase deberá avisar previamente al preceptor y/o docente a cargo, y previa autorización llamar desde el teléfono fijo del colegio o en su defecto con telefonía móvil pero fuera del aula.-

ARTÍCULO 4º): LOS ALUMNOS NO PODRÁN:
  1. Exhibir insignias, divisas, emblemas y/o distintivos que afecten la moral cristiana, la organización constitucional o a las autoridades del Estado;
  2. Usar maquillajes, tatuajes, piercings y/u otros elementos ajenos al uniforme;
  3. Usar o distribuir láminas, folletos o cualquier otro mate-rial contrario a la fe y a la moral cristiana;
  4. Causar daños y/o deterioros de ningún tipo respecto de las instalaciones y/o muebles del Colegio,
  5. Organizar y/o tomar parte en actos de indisciplina co-lectiva;
  6. Llevar al Colegio libros, papeles, revistas, filmadoras, radios, cámaras fotográficas y/o digitales, discman, walkman, equipos de audio, tablets, naipes ni ningún otro objeto que no tenga relación con el estudio.- Respecto del uso de celulares, si bien se permite al alumno ingresar con telefonía móvil, queda expresamente prohibido tener los equipos encendidos durante los horarios de clases;
  7. Portar o hacer uso de objetos cortantes, armas de cualquier tipo, elementos de pirotecnia, material explosivo, inflamable y/o de cualquier otra naturaleza que pongan en peligro la seguridad de las personas y/o bienes de la comunidad educativa; siendo motivo ello de graves sanciones y reservándose el Colegio en su caso el derecho de efectuar las denuncias pertinentes;
  8. No pueden en horarios de clase usar telefonía, y en caso de urgencia avisar al preceptor y/o docente a cargo.
  9. Usar las netbooks/notebooks sin supervisión de los docentes;
  10. Conectarse a INTERNET, redes sociales ni correos electrónicos durante la jornada escolar, prohibición que abarca tanto las horas de clase como los recreos y horas libres (salvo que la conexión obedezca a fines pedagógicos)
  11. El Colegio no se hace responsable del extravío de útiles, dinero u otros objetos de valor.-----

ARTÍCULO 5º): UNIFORME:
  1. Los alumnos deben concurrir al Colegio diariamente con el correspondiente uniforme.- El uso del mismo significa pertenencia al Instituto y predisposición para el trabajo escolar.-
  2. Es obligatorio el uniforme completo, aseado, planchado en toda actividad educativa y mesas de exámenes.
  3. Niñas: Pollera pantalón a una altura de hasta 5 cm. sobre la rodilla, remera blanca con  logo del colegio, medias ¾ azules. En tiempos de bajas temperaturas can can azul,  zapatos negros, pullover o chaleco azul, abrigo azul. Nivel Inicial: uniforme igual, con delantal, todo con nombre completo. Durante tiempo de temperaturas cálidas chaqueta.
  4. Varones: Pantalón gris, remera blanca con logo del colegio,  medias ¾ azules zapatos negros (no zapatillas), pullover o chaleco azul, abrigo azul. Nivel Inicial: uniforme igual, con delantal, todo con nombre completo. Durante tiempo de temperaturas cálidas chaqueta.
  5. Educación Física: Equipo de gimnasia azul, remera blanca con logo del colegio (sin distintivos o marcas comerciales), medias blancas y calzado deportivo negro o blanco, buzo azul, sin ribetes de colores.
  6. En cuanto al aspecto personal los alumnos/as, tendrán que asistir aseados, con el pelo ordenado (la niñas con el cabello recogido con colín azul o blanco y los varones con el cabello corto), sin tinturas, los varones afeitados, para ambos la cara despejada, uñas recortadas, limpias y sin pintura.
  7. En cuanto a los accesorios no podrán traer aquellos que por su tamaño, color o cantidad sean ajenos al uniforme; tampoco usar maquillajes, tatuajes, piercing.-------

ARTÍCULO 6º): ASISTENCIAS:
NIVEL INICIAL:
  1. El horario de ingreso es a las 9:00 a.m. (turno mañana) y a las 14:OO p.m. (turno tarde), los alumnos que lleguen tarde deberán esperar acompañados de sus Padres o Tutores en silencio y no interrumpir las actividades que se llevan a cabo hasta su finalización. Pasado el horario establecido no estará permitido el ingreso, salvo por una única vez y previa consulta a los directivos y compromiso del padre o tutor que no volverá a suceder.-

NIVEL PRIMARIO.
  1. La entrada al Colegio en el turno de la mañana es a las 7.55 hs. La llegada tarde de 15 minutos será considerada media falta (se le dará tratamiento adecuado a cada caso particular). En el turno de la tarde el horario de entrada es 13.10 hs. La llegada tarde de 15 minutos será considerada media falta.-
  2. En lo referente a las inasistencias, se tendrá en cuenta el régimen de reincorporación de los alumnos de la  Provincia de San Luis que indica que deberán cumplir con el 75% de asistencias por trimestre. Serán justificadas pero se contabilizan las inasistencias por las que se presente certificado médico o la correspondiente notificación del padre o tutor.-

NIVEL SECUNDARIO.
  1. La entrada al Colegio es a las 7.50 hs. La llegada tarde de 15 minutos será considerada media falta (se le dará tratamiento adecuado a cada caso particular).
  2. En lo referente a las inasistencias se tendrá en cuenta el régimen de reincorporación de los alumnos de la Prov. de San Luis que indica para los alumnos regulares un límite de faltas de 24 (veinticuatro), con la falta 25 (veinticinco) quedan libres. La primera reincorporación se expide en la inasistencia número 15 (quince), debiéndose tener 17 (diecisiete) inasistencias justificadas para poder contar con la posibilidad de una extensión de 3 (tres) inasistencias más luego de la 25 (veinticinco). El alumno libre deberá rendir escrito y oral todos los espacios curriculares correspondientes al año escolar en curso para ser promovido al siguiente.
  3. Cada inasistencia a Educación física y/o a Computación será considerada media falta (desde 2º año en adelante).
  4. Cuando el alumno es retirado con anticipación o ingresa por motivos justificados más tarde del horario de entrada se computará media inasistencia justificada.
  5. Será autorizado a retirarse del Colegio únicamente el alumno cuando dicho retiro sea requerido por escrito o personalmente por el Padre o Tutor.
  6. Es obligación de los Padres, Tutores y alumnos respetar los horarios de entrada y salida, con una tolerancia de diez (10) minutos.-
  7. Las inasistencias a clases serán justificadas personalmente por el Padre o Tutor en el Cuaderno de comunicaciones  el día en que se reintegrare el alumno al Colegio; vencido ese plazo será considerada como inasistencia injustificada.-
  8. Cuando las inasistencias sean motivadas por enfermedad, el Padre o Tutor, deberá dar cuenta inmediata de ello durante el transcurso de la jornada, presentando el certificado médico correspondiente al reintegrarse el alumno.- Asimismo no se computarán como inasistencias las faltas a clase, si las mismas se producen por la asistencia del alumno a actividades organizadas por la Institución (misiones, torneos, competencias, etc.).-
  9. Cuando las inasistencias sean por tres días consecutivos o más, solo podrán justificarse con el correspondiente certificado médico.-
  10. Las ausencias en los días de evaluaciones y/o prácticos avisados, solo podrán ser justificadas de acuerdo al apartado 8).- Caso de incumplimiento el alumno recibirá la calificación  mínima correspondiente a la evaluación y/o práctico.-
  11. Cuando las inasistencias sean motivadas por situaciones imprevistas y/o extraordinarias y/o acontecimientos fortuitos, el Padre o Tutor deberá notificar la ausencia en el transcurso de la jornada y justificar con certificado médico en caso de enfermedad, o personalmente y por escrito si fuere por situaciones extraordinarias, al momento de reintegrarse a clase el alumno. Este es requisito indispensable para que la inasistencia se considere “justificada”.
  12. El incumplimiento de estos requisitos y condiciones puede determinar la no reinscripción del alumno al Colegio.-

ARTÍCULO 7º): DISCIPLINA:
Quien no acepte las normas reglamentarias, disposiciones emanadas de las autoridades del Colegio y/o de la Dirección  y/o combata el Proyecto Educativo, debe cuestionarse seriamente su permanencia en el Colegio.- El Instituto se reserva la facultad de cancelar la matrícula vigente así como la de no matricular para el curso lectivo siguiente a los alumnos que no cumplan con los requisitos mínimos para educarse en él,   o en caso de estimar que el mismo podría dar más de sí en otro Colegio o ambiente más adecuado a él.-
Teniendo en cuenta el estilo educativo del Colegio, se establece la siguiente gradualidad:
  1. Diálogo y Consejo;
  2. Exhortación al cambio de actitud;
  3. Llamado de atención por escrito en el Cuaderno de comunicaciones y notificación a los padres o tutores por faltas leves;
  4. Amonestaciones, en el nivel que correspondiere;
  5. Separación temporal del Establecimiento;
  6. Pase a otro Establecimiento;
  7. Otros, según criterio de las Autoridades.-

ARTÍCULO 8º): FALTAS:
  1. Para determinar si la falta es leve o grave las Autoridades del Colegio considerarán: contexto y gravedad del hecho, antecedentes disciplinarios del alumno, reiteración del hecho, actitud del alumno frente al mismo, y demás pautas cuya discrecionalidad corresponde a las Autoridades.-
  2. Las sanciones que se aplicaren a los alumnos, tendrán una finalidad correctiva respecto del mismo y una finalidad de seguridad y salvaguarda respecto de la comunidad educativa.-
  3. A los tres llamados de atención por faltas leves y/o al primer llamado de atención por faltas graves, corresponderán medidas disciplinarias mayores.- En caso de llamados de atención, amonestaciones y/o separaciones temporales del establecimiento, el padre o tutor deberá notificarse de la medida tomada.-
FALTAS LEVES:
Serán consideradas faltas leves:
  1. Provocar desorden en el aula, sala de computación, sala de video, laboratorio, etc., impidiendo al docente el normal desarrollo de la clase;
  2. Presentarse sin el uniforme oficial del Colegio, con el uniforme incompleto y/o en malas condiciones;
  3. No hacer firmar por los padres o tutores las comunicaciones enviadas por el Colegio;
  4. Presentarse al Colegio con joyas, maquillaje y/o peinados extravagantes;
  5. Hacer bromas o colocar apodos que hieran los sentimientos de los compañeros de la comunidad educativa;
  6. Ingresar tarde a las clases después de los recreos y/o cambios de horas, así como ausentarse de las mismas sin permiso del docente y/o preceptor;
  7. No devolver dentro de las 48 horas cualquier documentación que le haya sido entregada (Boletín de calificaciones, Cuaderno de comunicaciones, etc.);
  8. No traer el Cuaderno de comunicaciones o presentarlo en mal estado;
  9. Dañar y/o esconder elementos de limpieza, debiendo reponer lo roto o deteriorado;
  10. Ensuciar y/o escribir paredes, pupitres, baños, pizarras, etc.; sin perjuicio de considerarse falta grave si lo escrito fueren insultos, agravios y/u obscenidades;
  11. Cualquier otra actitud, conducta o comportamiento que altere el orden y/o   la disciplina del Colegio.
  12. Respecto de las llegadas tardes a clase y de las correspondientes sanciones, se detalla: si el retraso fuere de 15 minutos se aplicará un llamado de atención oral; si lo fuere de 30 minutos el llamado de atención será escrito; si se tratare de más de 30 minutos se aplicarán amonestaciones a criterio del docente y/o directivo. 
  13. Utilizar cualquier recurso tecnológico, cuando fuere permitido o requerido por la actividad a desarrollar, fuera de la clase para cuya finalidad didáctica fuere solicitado.

FALTAS GRAVES:
  1. Realizar una falta leve más de tres veces;
  2. Causar desordenes y/o disturbios en un acto oficial, dentro o fuera del Colegio;
  3. Negarse a firmar el libro de disciplina, comunicaciones y/o a acatar las normas del Colegio y/o de sus autoridades;
  4. Agredir física o verbalmente y contestar en forma inadecuada a cualquier miembro de la comunidad educativa;
  5. Faltar el respeto a los compañeros y/o pronunciar palabras obscenas;
  6. Adulterar, falsificar o sustraer documentos del Colegio, libros de temas, informes, comunicaciones, evaluaciones y/o cualquier documento oficial;
  7. Fumar dentro de las instalaciones del Colegio así como dentro de los espacios libres comprendidos en su predio;
  8. Portar y/o traficar cualquier tipo de drogas, estupefacientes, estimulantes, bebidas alcohólicas y/o cigarrillos.-
  9. Portar y/o hacer uso de objetos cortantes, armas de todo tipo, materiales explosivos, inflamables y de cualquier otra naturaleza que sean susceptibles de poner en peligro la integridad física y/o seguridad de las personas e instalaciones de la comunidad educativa;
  10. Ocasionar daños y/o deterioros en los bienes del Colegio que hacen a su normal funcionamiento (bancos, sillas, computadoras, libros, pizarras, etc.) así como también respecto del edificio (ventanas, puertas, vidrios, revoques, pinturas, etc.);
  11. Cometer engaños y/o fraudes en el trabajo escolar, sea por copia, presentación de trabajos ajenos, presentación de trabajos de años anteriores, etc.;
  12. Ocasionar daños en los bienes de cualquier miembro de la comunidad escolar;
  13. Arrojar elementos que pudieren dañar a compañeros, docentes, preceptores, autoridades y demás miembros de la comunidad educativa (tizas, borradores, piedras, etc.);
  14. Burlarse, hacer señas o gestos indebidos a las autoridades del Colegio;
  15. Portar cualquier tipo de material obsceno;
  16. Sustraer pertenencias del Colegio o de integrantes de la comunidad escolar;
  17. Salir de su domicilio para asistir al colegio y quedarse en algún otro lugar sin el consentimiento de sus padres o tutores, así como retirarse del colegio sin la autorización de las autoridades del mismo; aclarándose que los posteriores argumentos verbales de los padres o tutores carecerán de validez, salvo cuando vengan acompañados de documentación justificativa respaldatoria.-
  18. Estar ausente en las horas de clase escondiéndose en cualquier lugar y/o dependencia del Establecimiento.
  19. Faltar al respeto, blasfemar, y/o dañar de cualquier manera, en todo o en parte, las imágenes religiosas y/o símbolos patrios.
  20. Cualquier otro comportamiento inadecuado dentro del Colegio, entendiéndose que las faltas graves enumeradas son al solo efecto ejemplificativo y que podrá considerarse como tal cualquier otro hecho o conducta del alumno que a juicio de las autoridades revista entidad tal que lo haga susceptible de ser tomado como falta grave.-

ARTÍCULO 9º): ELECCIÓN DE ABANDERADOS:
Dado que el honor de ser portador de las enseñas Patria y Papal, debe ser accesible a los alumnos más meritorios, será designado abanderado el alumno que reúna las siguientes condiciones:
            
  • a)         Rendimiento académico.-
  • b)         Amor a la Patria y Testimonio de vida cristiana;
  • c)         Conducta (no registrar sanciones disciplinarias –llamados de atención escritos y/o amonestaciones a lo largo de la Educación) asistencia, puntualidad y aplicación.
  • d)         Solidaridad con la obra del establecimiento;
  • e)         Aseo y presentación.- 
  • f)     Compromiso en el servicio al prójimo;
  • g)    Actitud receptiva al diálogo con las hermanas, profesores y miembros de la comunidad educativa.-

ARTÍCULO 10º): DEBERES DE LOS PADRES Y/O TUTORES:
  1. Conocer con claridad los objetivos y valores de vida que propone el Colegio así como su modelo educativo, los que deberá aceptar y respaldar.-
  2. Asumir su tarea de principales educadores de sus hijos y/o pupilos, colaborando activamente en la tarea formativa.-
  3. Controlar el rendimiento de sus hijos, disciplina y asistencia a clase, notas y Cuaderno de comunicaciones.- Exigir de ellos la máxima responsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones. Cumplir en tiempo y forma con toda información o documentación requerida.-
  4. Informar a las autoridades escolares todo acontecimiento o circunstancia favorable o desfavorable que pueda tener in-fluencia en el rendimiento de la conducta del alumno.-
  5. Pagar en tiempo y forma los aranceles fijados por el Colegio, conforme lo establecido en el art. 14.-
  6. Arbitrar los medios para que los alumnos puedan cumplir con los horarios establecidos por el Colegio; evitar las inasistencias o tardanzas; justificar y notificar en tiempo y forma las mismas; no retirar a sus hijos del colegio antes del horario de salida, salvo casos de estricta necesidad.-
  7. Proporcionar a sus hijos el uniforme pedido por el Colegio, evitando toda singularidad al respecto.-
  8. Aceptar el presente Contrato Educativo, así como las disposiciones adoptadas por las autoridades del colegio, cumplirlas y hacerlas cumplir por sus hijos, bajo pena de considerar rescindido el presente por su exclusiva culpa.-----
  9. Aceptar el presente documento de Normas de Convivencia, así como las disposiciones adoptadas por las autoridades del Colegio, cumplirlas y hacerlas cumplir por sus hijos, bajo pena de considerar rescindida la vacante por su exclusiva responsabilidad.
  10. Comunicar inmediata y fehacientemente todo cambio y/o modificación del domicilio, teléfono y demás datos tanto del Padre o Tutor como del alumno.
  11. Respetar horarios de consultas.
  12. Respetar los horarios de entrada y salida de cada turno responsabilizándose por la puntualidad de sus hijos.
  13. Asistir en tiempo y en forma cada vez que sea convocado por el Colegio.

ARTÍCULO 11º): VIAJES:
La institución promoverá los viajes educativos, en los distintos niveles, que fomenten el crecimiento cultural, intelectual, social, deportivo y espiritual de los alumnos; más no propicia ningún tipo de viajes de egresados, los que caso de efectuarse lo serán bajo la exclusiva responsabilidad de los Padres o Tutores y quedando el Colegio exonerado de toda responsabilidad al respecto, como así también quedará exento de toda responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieren ocasionarse al grupo comprendido en el viaje y/o a terceros, por o en ocasión del mismo o sus circunstancias, sean tales daños en las personas o en los bienes.-
Las inasistencias al grupo que efectúe el viaje de egresados serán computadas como cualquier inasistencia a clase no justificada.-

ARTÍCULO 12º): VISITAS:
Ninguna persona ajena a la Institución podrá visitar a los alumnos en el horario escolar, buscarlos en las aulas ni permanecer en las instalaciones donde funcionen las mismas.-
Cualquier persona ajena a la Institución que desee visitar a los alumnos en el horario escolar, retirarlos o acercarles alimento o útiles escolares deberá contar con el permiso de las autoridades anunciando previamente su intención o necesidad.-----

ARTÍCULO 13º): REINSCRIPCION:
Se deja expresa constancia, que una vez vencido el presente Contrato Educativo, el Colegio se reserva el derecho de admisión conforme lo normado por los Arts. 896/897 del C.C., y especialmente en los casos que seguidamente se mencionan:
  1. Respecto de los alumnos que durante un período lectivo anterior hayan presentado problemas de conducta, disciplina y/o aplicación, o que hayan cometido faltas graves y/o incumplido los deberes a su cargo que surgen del Contrato Educativo y Normas de Convivencia que lo sustentan;
  2. Respecto de los alumnos cuyos padres no hayan dado cumplimiento a una y/o algunas de las obligaciones a su cargo emergentes del contrato educativo o hayan ocasionado dificultades ante las suposiciones emanadas de las autoridades de la Institución;
  3. Respecto de aquellos alumnos que repitieren el curso cuando el Colegio tiene el cupo de vacantes cubierto.

ARTÍCULO 14º): ARANCELES:
El Colegio, al ser una Institución de carácter privado incorporado a la enseñanza oficial, recibe un aporte del Gobierno de la Provincia de San Luis, que no cubre la totalidad de los sueldos del personal docente, administrativo y auxiliar; de allí que sea necesario el pago en término de los aranceles vigentes (matrícula y diez cuotas mensuales, cuyos importes son variables y serán ajustados conforme la realidad económica del País).-
Las matrículas de inscripción y reinscripción así como los aranceles educativos mensuales, deberán ser abonados en tiempo y forma.- En caso de mora, la que se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento del plazo estipulado, las sumas adeudadas generarán los intereses especificados en el anexo arancelario.- Asimismo la mora así como la no cancelación anual de las cuotas, implicarán la pérdida de la vacante.-
  • Queda aclarado que el Colegio cobrará por cada educando una Matrícula y 10 cuotas  pagaderas de Marzo a Diciembre del ciclo lectivo en curso, y en los meses de Julio y Agosto corresponde el pago de cuota y media, en concepto de aranceles de enseñanza.-
  • Asimismo las fechas de inscripción, valor de los aranceles, descuentos por pagos en única vez, sistemas de becas, etc., serán comunicados a cada Padre o Tutor que lo solicitare oportunamente.-

ARTICULO 15º) VIGENCIA: El presente Contrato Educativo, basado en las Normas de Convivencia establecidas entre La Institución, los educandos y sus Padres y/o Tutores en el marco de un mutuo acuerdo de armónica relación interpersonal,  tendrá vigencia durante el ciclo lectivo en curso, y no se renovará automáticamente.-

ARTICULO 16º) Las partes constituyen domicilio a los fines contractuales en los ya consignados, renunciando al fuero federal y sometiéndose a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Villa Mercedes (San Luis).-

  
Aceptando íntegramente el presente contrato educativo del Instituto Sagrado Corazón, fundado en la buena fe y normas de convivencia pactadas, suscribo el mismo de conformidad, en la Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis de la República Argentina, a los .. días del mes de …………………………………. del año Dos Mil Trece.-